El 2 de septiembre de 2019 se aprobó en Portugal la ley que regula la criminología como profesión. Desde entonces, muchos criminólogos españoles nos preguntamos si es posible regular la criminología en España y qué pasos habría que dar para conseguirlo; es por ello que publiqué una traducción de la citada ley y realicé esta entrevista a la Asociación Portuguesa de Criminología (APC), en la que Miguel Silva, su presidente, contestaba a algunas cuestiones sobre el proceso de elaboración de la ley y los beneficios que tiene para el gremio de criminólogos.
Hoy comparto un análisis comparativo de la citada la ley portuguesa (de ahora en adelante 70/2019) con la legislación española, cuya finalidad es averiguar si existen incompatibilidades que no permitiesen trasladar ese mismo modelo (o uno muy simular) para regular la criminología en España. Como la 70/2019 es extensa, me voy a centrar en el artículo 3.2, que está dedicado a las funciones de los criminólogos. ¡Vamos allá!
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