Record sin precedentes. Ha pasado casi un mes desde la última vez que actualicé el blog, y el principal motivo ha sido que he tenido que volcarme por completo en el informe criminológico en el que estábamos trabajando en el despacho de Criminología DACRIM.
La revisión del informe y la tarea de darle formato para la impresión de las copias, han sido labores bastante absorbentes. Nuestro juicio comenzaba ayer, día 26, pero por avatares del destino, se ha retrasado por un motivo que rara vez tiene lugar, y del que me gustaría hablaros hoy.
Aunque como profesional estoy en un proceso perpetuo de aprendizaje, hoy puedo responder sin dudar a la siguiente pregunta: ¿Puede retrasarse un juicio por quedarse en el momento de empezar, sin jurado popular? Sí.
Vamos a dejar por ahora los casos concretos a un lado, y vamos a centrarnos en la labor que tiene un jurado popular.
Para empezar, y para quien quiera informarse a fondo sobre este asunto, os remito a la Ley Orgánica 5/1995 de 22 de mayo, del Tribunal del Jurado, que como todas las leyes, otorga derechos pero también implica obligaciones, lo cual quiere decir que si los ciudadanos quieren participar directamente de la Justicia, deben cumplir con su responsabilidad a la hora de ser miembros de un jurado.
¿Quién puede ser miembro de un jurado popular? Pues según la citada ley, cualquier persona que cumpla los siguientes requisitos:
- Ser español y mayor de edad.
- Encontrarse en el pleno ejercicio de sus derechos políticos.
- Saber leer y escribir.
- Ser vecino/a de la provincia donde se hubiese cometido el delito.
- No estar impedido física, psíquica o sensorialmente para el desempeño de la función de Jurado.
Que te toque ser jurado o no, depende de la suerte, porque esto es algo que se hace por sorteo, como ocurre con las personas que van a estar en las mesas electorales cuando hay elecciones.
Y ¿quién NO puede ser parte de un jurado popular? Hay varias motivos por los cuales una persona puede «librarse» de ser jurado, y el primero son las llamadas causas de incapacidad:
- Haber sido condenado por un delito y no haber conseguido la rehabilitación.
- Ser procesado en un procedimiento penal para el cual ya se haya acordado apertura del juicio oral, o estar detenido, en prisión provisional o cumpliendo una pena por delito (obvio).
- Estar suspendido de empleo o cargo público mediante procedimiento penal (esto sólo mientras dure la suspensión).
Por otro lado tenemos las causas de incompatibilidad, pero nos os preocupéis, que esto sólo vale para el Rey u otros miembros de la familia real, los presidentes del Gobierno y de las Comunidades Autónomas, los Diputados y los Senadores (esto viene en el art. 10 de la Ley del Trubunal del Jurado).
El tercer motivo para no poder ser parte de un jurado popular es la prohibición, que básicamente impide que formen parte del mismo personas que tengan conocimientos previos sobre lo que va a juzgarse: puede ser que conozcan a una de las partes (abogados, magistrado, etc.) o que tengan algún interés personal en el resultado del juicio (a lo mejor porque sean familiares o amigos de uno de los acusados).
Vale, y ahora la pregunta del millón, ¿y si me toca ser jurado pero no soy de la familia real ni conozco a nadie del caso, pero aun así no quiero? Pues muy mal.
Los ciudadanos han querido participar directamente de la Justicia desde hace muchos años, y cuando por fin lo consiguen, existe una ley que regula la posibilidad de establecer Jurados Populares compuestos por ciudadanos anónimos, y encima es una ley que se aplica (¡vaya que sí! hay cantidad de casos con jurado hoy en día)… ahora resulta que nos queremos escaquear.
Bueno, bueno, antes de entrar en la bronca reflexión, vamos a ver un último punto que permite no ser jurado, que es el de los llamados motivos de renuncia o excusas:
- Tener más de sesenta y cinco años.
- Haber sido jurado en los últimos cuatro años.
- Sufrir un grave trastorno por cargas familiares.
- Desempeñar un trabajo cuya sustitución originaría importantes perjuicios al mismo.
- Residir en el extranjero.
- Ser militar profesional en activo (y estar de servicio, claro).
- Acreditar suficientemente cualquier otra causa que dificulte gravemente el desempeño de la función de jurado.
Atención a esta última excusa, que es la que tiene tela. ¿Qué argumento se os ocurriría para darle al magistrado, fiscal y abogados del caso, para no ser jurado?
Evidentemente, hay otras causas además de las enumeradas, que pueden ser razones de peso como para no formar parte de un jurado, pero por otro lado, hay que tener en cuenta que cuando nos toca desempeñar esta labor y ponemos una excusa cualquiera, porque no nos apetece, estamos causando todos estos problemas y algunos más:
- Abogados, testigos y acusados pueden sufrir graves trastornos por el desplazamiento que han tenido que hacer para llegar ese día a los juzgados. Os pongo de ejemplo esta noticia, en la que un miembro del jurado se negó a participar (siendo multado por ello, por cierto), y habían venido testigos desde Sudamérica… Sin comentarios.
- Los acusados que estén en prisión provisional a la espera del juicio, seguirán en prisión. ¿Podríais dormir tranquilos sabiendo que un inocente estará en prisión sólo porque vosotros no habéis querido hacer de jurado?
- Más trabajo para los peritos y abogados, que tendrán que ir a juicio pasados unos meses, cuando esté constituido un nuevo jurado, sin la posibilidad de tener el caso «fresco». Hay una gran cantidad de detalles que recordar, que se pueden ir olvidando con el paso del tiempo o el estudio de otros casos.
- Los testigos pueden olvidar hechos fundamentales para esclarecer la causa o incluso alguno puede fallecer (sí, también me ha pasado).
- La Justicia se ralentiza… aún más. Todos queremos que los juicios sean lo antes posible, pero el hecho de quedarse sin jurado popular puede suponer un retraso de uno o más meses.
- Es un punto más a favor de todas aquellas personas que claman por terminar con los jurados populares no profesionales.
En definitiva… me pregunto cuál es el futuro de los jurados populares, y si los seguiremos viendo tal y como los vemos hoy, en los años venideros.
Por un lado, me parece perfecto que los ciudadanos anónimos tengan la oportunidad de seguir tan de cerca un proceso judicial, y que puedan ver con sus propios ojos cómo funciona nuestra Justicia.
No obstante, algunos casos como el de Asunta Basterra (en el que el jurado condenó por igual a ambos acusados aún cuando contra uno de ellos había menos pruebas incriminatorias), y otros como el que estoy viviendo por el caso actual del despacho de Criminología, me hacen plantearme hasta qué punto son necesarios los jurados profesionales para las causas penales, puesto que la mayoría son bastante complejas, pueden tener una fuerte carga emotiva, a veces presión mediática, y encima hay que valorar una barbaridad de periciales forenses para las cuales un ciudadano normal no está preparado.
No nos engañemos, porque por muy bien que hagamos nuestro trabajo, instruir en 15 minutos a un neófito en, por ejemplo, el estudio de manchas de sangre, es una tarea que dificulta enormemente la labor del perito. A esto hay que sumarle que muchas veces debemos redactar nuestros informes sin apenas tecnicismos, por miedo a que los jurados no entiendan lo que queremos exponer, hecho que hace que las periciales se tengan que extender bastante al incluir explicaciones adicionales que no necesitaríamos frente a un jurado formado por criminólogos o expertos en ciencias forenses.
Lo peor del asunto es que el punto 7 de las excusas que pueden ponerse para no ser jurado, deja demasiado abierta la posibilidad de escaquearse (sólo a merced de que el juez y fiscal las acepten), hecho que por ejemplo es bastante más complicado cuando se trata de las mesas electorales.
¿Porqué los ciudadanos tienen más obligación de ser presidentes de mesa electoral en unas autonómicas, que de ser jurado en un caso de asesinato donde puede haber un inocente en prisión a espera de que se celebre el juicio? Si bien hay sanciones administrativas para ambos supuestos en el caso de negativa, la lista de excusas que una persona puede poner para no ser jurado es tan larga, que quizá debiera replantearse la forma en que se constituyen los mismos.
La información mediática sobre ciertos casos también hace cada vez más complicado encontrar a personas imparciales (recordemos de nuevo el caso de Asunta, ya que se necesitaron varias semanas para encontrar un jurado dispuesto a sentarse en sala).
¿Qué opináis al respecto? ¿Debería haber jurados profesionales para determinadas causas? ¿Deberían existir listas de jurados con personas realmente comprometidas con la Justicia, apuntadas voluntariamente?
Respecto al caso que nos ha ocupado los últimos meses en DACRIM, seguiremos esperando al juicio mientras nos embarcamos en nuevos proyectos (eso sí, ¡esperando no quedarnos sin jurado otra vez!).
Ser parte de un jurado puede ocasionar mucha ansiedad en las personas, más si no están preparadas. Ahora tampoco me fiaría de «listas» de comprometidos porque me parece que abre la puerta a la inseguridad jurídica. Y excelente artículo!