Buenos días.
Si bien este blog empezó hace unos meses con la publicación de artículos sobre temas más orientados a la Criminalística, poco a poco va tomando la forma que yo en un principio había ideado, es decir, hay cada vez más información práctica relacionada con la Criminología, en forma de artículos de divulgación y opinión, entrevistas, etc.
No obstante, y para no perder las buenas costumbres, de vez en cuando me gusta hablar de temas un poco más específicos, así que hoy reservo esta entrada para hablar sobre las armas blancas en nuestro Reglamento de Armas. No quiero entrar en lo impreciso y contradictorio que me parece en ciertos aspectos de su contenido, pero no es por falta de ganas, sino porque la entrada se eternizaría 😛
En definitiva, ¿qué está considerado como arma blanca? ¿cuáles se pueden tener en casa y cuáles se puede usar? ¿puedo llevarlas por la calle?
Las armas blancas vienen clasificadas en la 5ª categoría de nuestro Reglamento de Armas, donde se dividen en dos subcategorías, que son:
– Aquellas armas de hoja cortante o punzante que no estén prohibidas (categoría 5.1)
– Aquellas otras que sean usadas por militares o que sean una imitación de las mismas (categoría 5.2)
Aquí ya vemos que no sólo se hace una distinción según el tipo de arma del que estemos hablando, sino que también hay dos ‘usuarios’ que pueden tenerlas: los particulares y los militares. Esto es importante para entender lo que viene a continuación, ya que hay determinadas armas blancas que no pueden tener ni portar los particulares.
En la siguiente tabla podéis ver un resumen sobre las armas blancas en el que he intentado prestarle una especial atención a la tenencia y al uso:
El Reglamento de Armas es muy deficiente en cuanto la normativa de armas blancas se refiere (ya lo sé, dije que no entraría en esto, pero es de cajón), porque que en algunos casos especifica que un determinado arma no puede comprarse ni portarse, pero sí tenerse en el domicilio para formar parte de una colección o para decorar. La pregunta entonces es, si se puede tener en el domicilio, ¿cómo llega hasta él?
Fijaos por ejemplo en lo que establece el reglamento para ‘Navajas manuales cuya hoja exceda los 11 cm de longitud’; va a ser difícil que alguien la pueda transportar hasta su casa para ponerla en la pared de adorno, si la Guardia Civil no se la lleva, puesto que no se pueden portar ni exhibir fuera el domicilio… ¡y todos sabemos que la Guardia Civil no es una empresa de mensajería! No tengo claro si en la ‘vida real’ (para la que no parece estar hecho este Reglamento) se expide algún certificado o permiso para que la persona interesada en comprar un arma de dichas características se la pueda llevar a su domicilio, porque en algún sitio tendrá que comprarla. Por lo que me explicaron en su día al respecto mientras daba la asignatura de ‘Armamento’, esto es la ley de la jungla, es decir, al final la gente compra las armas, se las lleva a su casa sin permiso de ningún tipo, y si le pilla la Guardia Civil se aplica el sentido común (cosa que parece que no se hizo cuando se redactó este Reglamento… ¡perdón!)
Tampoco explica como es posible que no se pueda usar ninguna de las armas citadas ni siquiera en el propio domicilio con fines no delictivos o peligrosos para la salud o integridad física de las personas (como por ejemplo podar una planta o cortar una cuerda), y es que creo que todos cortamos jamón, salchichón y demás embutidos con un cuchillo de más de 11 cm de longitud de hoja en algún momento de nuestras vidas. Sin ir más lejos, tengo aquí en casa un cuchillo para el pan que uso cuando algún familiar trae una de esas maravillosas chapatas de pueblo, cuya hoja mide casi 15 cm de largo y que compré un día en Carrefour; como después tenía que hacer varios recados, me paseé con el cuchillo en una bolsa por medio Madrid, por el metro y hasta estuve en casa de una vecina.
Aunque en esta tabla no se comenta nada al respecto, todavía corre por Internet una información muy popular que dice que se pueden llevar navajas siempre y cuando su hoja tenga ‘menos de cuatro dedos’ de longitud. Esto no solo no es cierto, sino que en el caso de que lo fuera, esa medida sería de lo más imprecisa, porque ¿cuatro dedos de quién? ¡Como si todo el mundo tuviera los dedos del mismo tamaño!
Pues eso, leed el Reglamento de Armas, que deja mucho a la imaginación pero por lo menos es legislación vigente 😉
Carlota, creo que has confundido algunos términos del RA. La limitación de 11 centímetros de hoja viene impuesta para las navajas, no para los cuchillo, por tanto es legal poseer un cuchillo de más de 11 cm de hoja ( de hecho, la gran mayoría tienen estas características). Sobre el tema de la posesión de determinadas armas, como las navajas automáticas, si que se pueden tener para colección anotándolas en el libro de coleccionista.
Por otra parte, al referirse a «porte» , este término significa el llevar la navaja o cuchillo en un bolsillo, funda, etc. , presta para su uso, no en la caja en la que nos la han entregado en el comercio donde la adquirimos. Pasa igual con las armas de fuego, es totalmente legal portar una escopeta descargada en su funda cuando hacemos un desplazamiento, por ejemplo de nuestra casa al campo de tiro. Lo que es ilícito es llevarla cargada en el maletero porque pretendemos «liarnos a tiros» a la primera de cambio.
Lo de los 4 dedos es uno de tantos disparates y leyendas urbanas, el tamaño real es el que refieres de 10 centímetros, que vienen a ser aproximadamente «4 dedos»…
Cierto, el caso del cuchillo no se podría aplicar a la limitación de los 11 cm, puesto que es sólo para navajas, pero ahora me ha entrado la duda, de dónde se encuadrarían éstos 😉
Imagino que aunque comprases una navaja en una ferretería o en un centro comercial, y no viniese en caja (cosa muy habitual), bastaría con que llevases el envoltorio, que suele ser un cartoncito con un agujero para colgar en el expositor del comercio, o con tener encima el ticket de compra.
Gracias por la aclaración Pedro Pablo; son datos a tener en muy en cuenta, dado que mucha gente desconoce este tipo de reglamentos (yo por ejemplo, ¡y eso que me esfuerzo en leerlos e intentar comprenderlos! pero con tantos artículos, tanta clasificación y sin que alguien te lo explique bien, a veces es complicado)
no se encuadraria dentro de la categoria de armas, cuchillos, mantequeros, de sierra, todos estos no se consideran armas blancas dentro de la categoria 5.1.
con una de 4 centímetros te multan también a mi por llevar al monte a por setas dos veces ya me multaron
Lo que me preguntabas sobre las armas blancas no prohibidas: serían armas de la categoría 5.1. En artículo te centras en las armas prohibidas y prohibidas a particulares, pero la gran mayoría de armas blancas no lo son, simplemente hay que tener en cuenta una cosa: si te pillan por la calle con un arma DE CUALQUIER TIPO que no esté justificado que lleves (por ejemplo, eres electricista y la llevas para el trabajo), te sancionarán administrativamente por le Ley de Seguridad Ciudadana (300 euros y retirada del arma). Esto ocurre exactamente igual con un cuchillo que con una pistola aunque la poseas legalmente.
Si esa arma blanca es además prohibida por el RA (por ejemplo, una navaja de 12 cm de hoja), ADEMÁS te meten la sanción correspondiente del RA.
En todo caso, nunca sería delito ya que el delito de tenencia ilícita de armas se centra en armas de fuego, que o bien no tengan guía, o no poseas licencia. Ese es el único supuesto delictivo.
¿Cómo funciona esto? si la policía te pilla por la calle con un cuchillo, valorarán el contexto, no es lo mismo estar en una barbacoa en el campo, que estar en una zona de copas a las 2 de la mañana… aunque normalmente te caerán los 300 euros de multa y la retirada.
Si te pillan que vas al monte con un cuchillo de supervivencia de 23 cm de hoja? que te podría pasar? me refiero en el trayecto en carretera, autopista etc.
Hola Rafael. Lo que he podido encontrar en el reglamento respecto a cuchillos es esto: «También se prohíbe el uso a particulares de cuchillos, machetes y demás armas blancas que formen parte de armamentos debidamente aprobados por autoridades u organismos competentes. Su venta requerirá la presentación y anotación del documento acreditativo del cargo o condición de las personas con derecho al uso de dichos armamentos.»
Vamos, que establece eso en cuanto a USO, pero nada en cuanto a PORTE. Esto es una tontería, porque evidentemente, si vas al monte y lo llevas es por si te ves en una situación en la que podrías necesitarlo. Yo por ejemplo conozco a un escalador que una vez quedó enganchado con parte del equipo y tuvo que usar un cuchillo de ese tipo para cortar una cuerda.
¿Para cuando esa homologacion de criminologia para tantos estudiantes pendientes de ella?
Gracias por la información es una respuesta muy interesante para nosotros para prevenir algo más sebero les dejo este comentario para saber más de eso
Leer estos tipo de ARTICULOS me hace pensar en mis días en el virtuoso psiquiatrico bajo medicamentos fuertes algo dormido, jo se que era agreivo y ayer me pase por un bazar del chino y luego sostuve en mí cabeza ¿De què va esto? Jamás entendere nada. Creo que les ayuda a tenernos controlados però… Sí motivados hacer daños con reglas estupidas q incluso sobrepasan a la logica de razonamiento, la naturaleza q llevamos es frenada, saturada però no neutralizada y juegan con ello ¿Te entran en casa? Vale y tienes varias formas de neutralizar bajo defensas dichos sujetos, entonces… Tienes ahí dichas armas dichos problemas tambien por legislación y bueno ¿Y en caso cómo los nuestros? Tela, la verdad no quieran estar con un expediente nunca en la vida. Al final es mas fàcil joder a alguien por expediente q te puede empezar a los 4 años cómo en mí caso què… Eliminar dichos elicientes q te pueden volver loco de tu entorno, es mejor hacer que te van ayudar mantenerte ahí en ola peró… No darle ni la sastifaccion al paciente, me refiero ese cuchillo del bazar era de reglamento el problema el precio que daba acceso a cualquiera, 3’50€ soy de españa cómo el articulo y su escritor supongo y es de locos es pertubador cómo mas lees y te formas en la verdad està todo preparado para volverte mas loco y ganas de no vivir, desarolle una capacidad condicional que me ha echo experimentar una fortaleza sobre ello, algo que nació dentro de mí persona y honestamente y personalmente creo que… Todos llegamos a conclusiones así todos los DIAS però… No creo que sea algo de mí mente que ha pasado por ello ejemplo la persona que escribe dicho articulo, la parte del supermercado y la compra del pan. Esa idea se me paso por la cabeza multiples veces, no creo que sea una cuestion de que jo a través de un trauma allà desarrollado algo «especial». La verdad me considero una persona muy capaz para el razonamiento critico però… Luego no valgo para lo otro, soy un solitario Lobo entre la niebla más baja y espessa, entre la vegetación más extendida y la mas saturada y el miedo que me tienen por no estar ja bajo medicación, però… Estoy preocupado de verdad y a veces me quiero involucrar a algo que es para los «professionales» però veo q no hacen bien en ningún sector incluso los comerciantes cómo servicios públicos la verdad me gusto tú articulo y sí toda la razón a veces una arma no tiene que ser una arma de fuego o una arma blanca un medicamento, la droga, el alcohol, el tabaco, otras cosas tan absurdas cómo un cristal roto o una botella de crista de botella con una botella vacía una mecha echa de papel en forma de churro alargado con alcohol dentro ¿Que tenemos? Pues ese és el qué del probelma, no sólo lo fàcil q és hacerte daño cómo hacer daño, como un axe y un mechero un soplete, a veces no hace falta mas que un desorante de spray y un simple mechero puedes desgraciar a cualquiera a poca distancia, los spray de pimienta? Bueno no és lo mas dañino però puedes dejar ciego al que atacas si es cierto q creo que para ello tambien hay unos niveles para poder llevar al bolso al menos acá en España, però… Cómo tu dices no sé si todo esto lo hacen para hacer su trabajo, o estavan dormidos o solo dan puestos de trabajo para la seguridad para que vivan en la ilusión de servir a la bandera y patria y eso hace matener la llama viva al liberalismo q obtenemos al estar al servicios de otros q al final es un juego de no estar en lo alto de la piramide cómo los juegos del hambre, somos lobos lobos hambrientos no por estar en el poder si no para poder quedarnos con ese trozo de carne que nos lanzan en nuestra jaula y nos matamos todos para ese trozo de carne, la seguridad es pasajera però… Ese de trozo no, ese otro carne es la diferencia marcada y distinguida de morir o vivir, la pregunta ¿Que eliges? Porque està jaula no tiene puertas. El show de truman pelicula que derivo en lo que es ahora conseguido el show de truman, me pregunto cómo esa gilipollez de cómo hacen esa mierda de síndrome cómo el del niño emperador y avisos así del estilo «hos mentimos en la cara ¿Que os parece?» Tambien es con el veganismo, la diversidad, y otras personas que merecen tambien tener voz, però… ¿Que lleguemos a final de mes? ¿Eso no necessita de darle, eco, voz, «soronidad»? Bueno pues eso saludos y buen articulo.